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Convocatorias7 min de lecturaEquipo Subvia

Aportación dineraria a medicamentos y alimentos emigrantes canarios en venezuela: 148.000 €

Presidencia del gobierno · Canarias convoca 148.000 € bajo la finalidad «Servicios Sociales y Promoción Social», con plazo de solicitud hasta el 5 de septiembre de 2026. Lo que sigue es lo que consta en la BDNS y lo que hay que leer en las bases antes de decidir si presentarse compensa.

Fotografía de contexto: centro de servicios sociales y atención comunitaria.

148.000 € y el plazo cierra el 5 de septiembre de 2026

148.000 € y el plazo cierra el 5 de septiembre de 2026Ficha de la convocatoria BDNS 923946: presupuesto total convocado y recorrido del plazo de solicitud, con la posición de la fecha de hoy.PRESUPUESTO TOTAL CONVOCADO148.000 €QUEDAN6 díasHOY5 ago 2026Apertura5 sep 2026Cierre
Xxxx - todo el mundoSubvención y entrega dineraria sin contraprestaciónPersonas jurídicas que no desarrollan actividad económica

Presupuesto o plazo declaradoCierra en 14 días naturales o menos

Elaboración propia con los datos de la Base de Datos Nacional de Subvenciones. El gráfico se dibuja al abrir la página: refleja el registro de hoy, no el del día en que se escribió el artículo.
148.000 € y el plazo cierra el 5 de septiembre de 2026. Datos de origen del gráfico.
ConvocatoriaCódigo BDNSPresupuestoApertura del plazoCierre del plazoDías restantesFinalidad
Aportación dineraria a medicamentos y alimentos emigrantes canarios en venezuela923946148.000 €6Servicios Sociales y Promoción Social

Resumen

La convocatoria con código BDNS 923946, «APORTACIÓN DINERARIA A MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS EMIGRANTES CANARIOS EN VENEZUELA», la convoca Presidencia del gobierno · Canarias y su ámbito territorial es Xxxx - todo el mundo. El presupuesto total convocado es de 148.000 €. Los tipos de beneficiario que declara el registro son: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. El plazo de solicitud abrió el 5 de agosto de 2026 y termina el 5 de septiembre de 2026: quedaban 30 días naturales el 7 de agosto de 2026, fecha de consulta de la BDNS.

En cifras

Todos los datos de esta tabla proceden de la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Lo que la BDNS no publica figura como no publicado; no se estima.

DatoValor
Código BDNS923946
Órgano convocantePresidencia del gobierno · Canarias
Ámbito de administraciónautonómico
Ámbito territorialXxxx - todo el mundo
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Instrumento de ayudaSubvención y entrega dineraria sin contraprestación
Presupuesto total convocado148.000 €
Apertura del plazo5 de agosto de 2026
Cierre del plazo5 de septiembre de 2026
Días naturales de plazo a fecha de consulta30
Tipos de beneficiarioPersonas jurídicas que no desarrollan actividad económica
Financiada con fondos MRRNo consta en el registro
Fecha de consulta de la BDNS7 de agosto de 2026

Qué se ha publicado

El 6 de agosto de 2026 la Base de Datos Nacional de Subvenciones registró la convocatoria con código BDNS 923946, cuya denominación oficial es «APORTACIÓN DINERARIA A MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS EMIGRANTES CANARIOS EN VENEZUELA».

Convoca Presidencia del gobierno · Canarias, de ámbito autonómico. El registro la clasifica en la finalidad «Servicios Sociales y Promoción Social» y el instrumento declarado es «Subvención y entrega dineraria sin contraprestación». El ámbito territorial que consta es Xxxx - todo el mundo.

Quién puede solicitarla

Los tipos de beneficiario que declara la BDNS son: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Esa clasificación es gruesa y no sustituye a las bases. La BDNS agrupa en tres o cuatro etiquetas lo que en el articulado son requisitos concretos: forma jurídica, antigüedad, tamaño según la definición europea de pyme, domicilio o centro de trabajo en el territorio, situación censal y, en muchos casos, no haber recibido ayudas por encima del límite de minimis. Aquí la BDNS no incluye expresamente a pymes ni a personas físicas con actividad económica entre los beneficiarios declarados, lo cual es un motivo suficiente para verificar el artículo de beneficiarios antes de seguir leyendo.

Hay además dos requisitos que ninguna base de datos puede comprobar por ti, porque los declara quien firma: estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (artículo 13.2.e de la Ley 38/2003) y no tener pendiente el reintegro de otras subvenciones (artículo 13.2.g). Si un buscador te dice que «cumples» sin haberte preguntado, se lo está inventando.

Cuánto dinero hay

El presupuesto total convocado que consta en el registro es de 148.000 €.

Lo que la BDNS no publica, y sí determina si esto te compensa, es la intensidad de la ayuda —qué porcentaje del gasto se subvenciona—, la cuantía máxima por beneficiario, los conceptos de gasto elegibles y si hay pago anticipado o todo va contra justificación. Esos cuatro datos están en las bases reguladoras, que en esta convocatoria el registro no enlaza. Sin ellos, el importe total solo sirve para saber que la línea existe.

Plazos

El plazo de solicitud figura abierto desde el 5 de agosto de 2026. El plazo termina el 5 de septiembre de 2026: 30 días naturales desde la fecha de consulta que consta al pie de este artículo.

Las fechas de este artículo son las que constaba en la BDNS el 7 de agosto de 2026. Los plazos se amplían y se corrigen con frecuencia mediante resolución posterior, y esas correcciones se publican en el boletín antes que en cualquier otro sitio. Antes de dar por buena una fecha, ábrela en la ficha oficial.

Cómo valorar si compensa

Esta sección es interpretación profesional de Subvia, no información oficial. Va marcada como tal a propósito: la parte verificable de este artículo es la de arriba.

  • Si el importe convocado te sirve de algo. El presupuesto total de la convocatoria no es lo que te van a dar. Es el techo del reparto entre todas las solicitudes admitidas. Sin intensidad de ayuda ni cuantía máxima por beneficiario —dos datos que la BDNS no publica y que sí están en las bases— la cifra grande del titular no permite estimar nada.

  • Qué régimen de concesión aplica. No consta en el registro. Es la primera cosa que hay que resolver en las bases: en concurrencia competitiva se compite por puntuación y en concesión directa se está o no se está dentro del supuesto. Cambia por completo el trabajo que tienes por delante.

  • El calendario. Quedan 30 días naturales. Es margen suficiente para leer las bases, pedir los certificados de estar al corriente y decidir con datos. También es margen suficiente para olvidarlo hasta la última semana, que es lo que suele pasar.

  • Lo que hay después de cobrar. El artículo 30 de la Ley 38/2003 obliga a justificar. Los reintegros no suelen venir de solicitudes mal presentadas, sino de justificaciones mal preparadas: facturas fuera de plazo de ejecución, pagos no acreditados, gastos no elegibles. Si el proyecto no aguanta esa auditoría, la subvención es un préstamo con intereses de demora disfrazado.

  • Quién puede pedirla. Según la BDNS, el beneficiario declarado no incluye a quienes desarrollan actividad económica. Si eres empresa o autónomo, lo más probable es que esta línea no sea para ti, por mucho que el objeto encaje con lo que haces. Compruébalo en las bases antes de dedicarle una hora más.

La pregunta útil no es «¿puedo pedirla?». Casi siempre puedes. La pregunta es si el valor esperado —cuantía probable por probabilidad razonable de obtenerla— supera el coste de preparar el expediente y de justificarlo después. Cuando la respuesta es que no, descartarla por escrito y con el motivo delante también es un resultado.

Lo que esta ficha no dice

Somos explícitos con los huecos porque son la mitad del trabajo:

  • El baremo de valoración y su reparto de puntos.
  • La intensidad de la ayuda y el límite por beneficiario.
  • Los gastos elegibles y el periodo de ejecución.
  • La documentación exigida en la solicitud.
  • El régimen de compatibilidad con otras ayudas y con el reglamento de minimis.

Nada de eso está en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Está en las bases reguladoras y en el extracto publicado en el boletín correspondiente.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar la convocatoria BDNS 923946?

La BDNS declara estos tipos de beneficiario: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Es una clasificación gruesa y no sustituye al artículo de beneficiarios de las bases reguladoras, que añade requisitos de forma jurídica, tamaño, domicilio y situación censal.

¿Cuál es el plazo de solicitud?

El plazo figura abierto desde el 5 de agosto de 2026 y termina el 5 de septiembre de 2026, es decir 30 días naturales a la fecha de consulta de este artículo. Los plazos se amplían por resolución posterior: comprueba la ficha oficial antes de decidir.

¿Qué importe tiene la convocatoria?

El presupuesto total convocado es de 148.000 €. Esa cifra es el techo del reparto entre todas las solicitudes admitidas, no lo que recibe un beneficiario: la intensidad de la ayuda y la cuantía máxima por solicitante están en las bases y la BDNS no las publica.

¿Qué ámbito y qué finalidad tiene?

El ámbito territorial que consta es Xxxx - todo el mundo, de administración autonómica. La BDNS la clasifica en la finalidad «Servicios Sociales y Promoción Social», con el instrumento «Subvención y entrega dineraria sin contraprestación».

¿Dónde está la información oficial?

En la ficha de la convocatoria 923946 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/923946. El registro no enlaza las bases reguladoras de esta convocatoria.

Fuentes

Todo dato numérico o de calendario de este artículo procede de estas fuentes, consultadas en la fecha que consta. Los plazos se corrigen por resolución posterior: si la fecha de consulta es antigua, ábrelas.

Elaborado a partir de los datos publicados en la BDNS. Consulta la ficha oficial antes de decidir.

Convocatorias citadas

Estado actual de cada una en nuestro registro, no el que tenían cuando se escribió el artículo.

servicios sociales y promoción socialautonómicoxxxx - todo el mundobdns

Leer una convocatoria no es lo mismo que decidir.

Este artículo te dice qué hay publicado. Lo que no te dice es si a tu empresa le compensa, porque eso depende de datos que solo tienes tú. Cinco preguntas y lo miramos con las bases delante. Sin tarjeta.

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