Ayudas «de minimis» destinadas a facilitar la recuperación del potencial…: 26,7 millones de euros, plazo cerrado
Secretaría autonómica de agricultura, ganadería y pesca · Comunitat valenciana convoca 26.700.000 € bajo la finalidad «Agricultura, Pesca y Alimentación», con plazo de solicitud hasta el 13 de agosto de 2026. Lo que sigue es lo que consta en la BDNS y lo que hay que leer en las bases antes de decidir si presentarse compensa.

26,7 M€ y el plazo cerró el 13 de agosto de 2026
| Convocatoria | Código BDNS | Presupuesto | Apertura del plazo | Cierre del plazo | Días restantes | Finalidad |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ayudas «de minimis» destinadas a facilitar la recuperación del potencial productivo de las explotaciones agrícolas afectadas por el temporal iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana | 927415 | 26.700.000 € | Plazo vencido | Agricultura, Pesca y Alimentación |
Resumen
La convocatoria con código BDNS 927415, «Ayudas «de minimis» destinadas a facilitar la recuperación del potencial productivo de las explotaciones agrícolas afectadas por el temporal iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana», la convoca Secretaría autonómica de agricultura, ganadería y pesca · Comunitat valenciana y su ámbito territorial es Comunidad valenciana. El presupuesto total convocado es de 26.700.000 €. Los tipos de beneficiario que declara el registro son: Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica. El plazo de solicitud que consta en el registro terminó el 13 de agosto de 2026, según la BDNS consultada el 6 de septiembre de 2026.
En cifras
Todos los datos de esta tabla proceden de la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Lo que la BDNS no publica figura como no publicado; no se estima.
| Dato | Valor |
|---|---|
| Código BDNS | 927415 |
| Órgano convocante | Secretaría autonómica de agricultura, ganadería y pesca · Comunitat valenciana |
| Ámbito de administración | autonómico |
| Ámbito territorial | Comunidad valenciana |
| Finalidad | Agricultura, Pesca y Alimentación |
| Instrumento de ayuda | Subvención y entrega dineraria sin contraprestación |
| Presupuesto total convocado | 26.700.000 € |
| Apertura del plazo | 13 de junio de 2026 |
| Cierre del plazo | 13 de agosto de 2026 |
| Días naturales de plazo a fecha de consulta | Plazo vencido |
| Tipos de beneficiario | Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica |
| Financiada con fondos MRR | No consta en el registro |
| Fecha de consulta de la BDNS | 6 de septiembre de 2026 |
Qué se ha publicado
El 2 de septiembre de 2026 la Base de Datos Nacional de Subvenciones registró la convocatoria con código BDNS 927415, cuya denominación oficial es «Ayudas «de minimis» destinadas a facilitar la recuperación del potencial productivo de las explotaciones agrícolas afectadas por el temporal iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana».
Convoca Secretaría autonómica de agricultura, ganadería y pesca · Comunitat valenciana, de ámbito autonómico. El registro la clasifica en la finalidad «Agricultura, Pesca y Alimentación» y el instrumento declarado es «Subvención y entrega dineraria sin contraprestación». El ámbito territorial que consta es Comunidad valenciana.
Quién puede solicitarla
Los tipos de beneficiario que declara la BDNS son: Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica.
Esa clasificación es gruesa y no sustituye a las bases. La BDNS agrupa en tres o cuatro etiquetas lo que en el articulado son requisitos concretos: forma jurídica, antigüedad, tamaño según la definición europea de pyme, domicilio o centro de trabajo en el territorio, situación censal y, en muchos casos, no haber recibido ayudas por encima del límite de minimis. Aquí la BDNS sí incluye expresamente a pymes y personas físicas con actividad económica, así que el filtro por forma jurídica probablemente no te deje fuera de entrada.
Hay además dos requisitos que ninguna base de datos puede comprobar por ti, porque los declara quien firma: estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (artículo 13.2.e de la Ley 38/2003) y no tener pendiente el reintegro de otras subvenciones (artículo 13.2.g). Si un buscador te dice que «cumples» sin haberte preguntado, se lo está inventando.
Cuánto dinero hay
El presupuesto total convocado que consta en el registro es de 26.700.000 €.
Lo que la BDNS no publica, y sí determina si esto te compensa, es la intensidad de la ayuda —qué porcentaje del gasto se subvenciona—, la cuantía máxima por beneficiario, los conceptos de gasto elegibles y si hay pago anticipado o todo va contra justificación. Esos cuatro datos están en las bases reguladoras, enlazadas al final de este artículo. Sin ellos, el importe total solo sirve para saber que la línea existe.
Plazos
El plazo de solicitud figura abierto desde el 13 de junio de 2026. El plazo de solicitud que consta en el registro terminó el 13 de agosto de 2026. Se documenta aquí porque las convocatorias de este órgano suelen repetirse y las bases publicadas siguen siendo la referencia para preparar la siguiente.
Las fechas de este artículo son las que constaba en la BDNS el 6 de septiembre de 2026. Los plazos se amplían y se corrigen con frecuencia mediante resolución posterior, y esas correcciones se publican en el boletín antes que en cualquier otro sitio. Antes de dar por buena una fecha, ábrela en la ficha oficial.
Cómo valorar si compensa
Esta sección es interpretación profesional de Subvia, no información oficial. Va marcada como tal a propósito: la parte verificable de este artículo es la de arriba.
-
Si el importe convocado te sirve de algo. El presupuesto total de la convocatoria no es lo que te van a dar. Es el techo del reparto entre todas las solicitudes admitidas. Sin intensidad de ayuda ni cuantía máxima por beneficiario —dos datos que la BDNS no publica y que sí están en las bases— la cifra grande del titular no permite estimar nada.
-
Qué régimen de concesión aplica. No consta en el registro. Es la primera cosa que hay que resolver en las bases: en concurrencia competitiva se compite por puntuación y en concesión directa se está o no se está dentro del supuesto. Cambia por completo el trabajo que tienes por delante.
-
Lo que hay después de cobrar. El artículo 30 de la Ley 38/2003 obliga a justificar. Los reintegros no suelen venir de solicitudes mal presentadas, sino de justificaciones mal preparadas: facturas fuera de plazo de ejecución, pagos no acreditados, gastos no elegibles. Si el proyecto no aguanta esa auditoría, la subvención es un préstamo con intereses de demora disfrazado.
La pregunta útil no es «¿puedo pedirla?». Casi siempre puedes. La pregunta es si el valor esperado —cuantía probable por probabilidad razonable de obtenerla— supera el coste de preparar el expediente y de justificarlo después. Cuando la respuesta es que no, descartarla por escrito y con el motivo delante también es un resultado.
Lo que esta ficha no dice
Somos explícitos con los huecos porque son la mitad del trabajo:
- El baremo de valoración y su reparto de puntos.
- La intensidad de la ayuda y el límite por beneficiario.
- Los gastos elegibles y el periodo de ejecución.
- La documentación exigida en la solicitud.
- El régimen de compatibilidad con otras ayudas y con el reglamento de minimis.
Nada de eso está en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Está en las bases reguladoras y en el extracto publicado en el boletín correspondiente.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar la convocatoria BDNS 927415?
La BDNS declara estos tipos de beneficiario: Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica. Es una clasificación gruesa y no sustituye al artículo de beneficiarios de las bases reguladoras, que añade requisitos de forma jurídica, tamaño, domicilio y situación censal.
¿Cuál es el plazo de solicitud?
El plazo que consta en el registro terminó el 13 de agosto de 2026. Las bases publicadas siguen sirviendo para preparar la próxima convocatoria del mismo órgano.
¿Qué importe tiene la convocatoria?
El presupuesto total convocado es de 26.700.000 €. Esa cifra es el techo del reparto entre todas las solicitudes admitidas, no lo que recibe un beneficiario: la intensidad de la ayuda y la cuantía máxima por solicitante están en las bases y la BDNS no las publica.
¿Qué ámbito y qué finalidad tiene?
El ámbito territorial que consta es Comunidad valenciana, de administración autonómica. La BDNS la clasifica en la finalidad «Agricultura, Pesca y Alimentación», con el instrumento «Subvención y entrega dineraria sin contraprestación».
¿Dónde está la información oficial?
En la ficha de la convocatoria 927415 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/927415. Las bases reguladoras están en https://dogv.gva.es/es/resultat-dogv?signatura=2026/19092.
Fuentes
Todo dato numérico o de calendario de este artículo procede de estas fuentes, consultadas en la fecha que consta. Los plazos se corrigen por resolución posterior: si la fecha de consulta es antigua, ábrelas.
- Base de Datos Nacional de Subvenciones · convocatoria 927415Abrir la fuente oficialConsultada el
- Bases reguladoras publicadas por el órgano convocanteAbrir la fuente oficialConsultada el
Elaborado a partir de los datos publicados en la BDNS. Consulta la ficha oficial antes de decidir.
Convocatorias citadas
Estado actual de cada una en nuestro registro, no el que tenían cuando se escribió el artículo.
Leer una convocatoria no es lo mismo que decidir.
Este artículo te dice qué hay publicado. Lo que no te dice es si a tu empresa le compensa, porque eso depende de datos que solo tienes tú. Cinco preguntas y lo miramos con las bases delante. Sin tarjeta.