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Inserción laboral y fomento de la contratación en Andalucía (Emplea-T, línea 5, minimis agrícola): 1 millón de euros

Consejería de empleo, empresa y trabajo autónomo · Andalucía convoca 1.000.000 € bajo la finalidad «Fomento del Empleo», con plazo de solicitud hasta el 30 de noviembre de 2026. Lo que sigue es lo que consta en la BDNS y lo que hay que leer en las bases antes de decidir si presentarse compensa.

Fotografía de contexto: personas trabajando juntas en una oficina moderna.

1 M€ y el plazo cierra el 30 de noviembre de 2026

1 M€ y el plazo cierra el 30 de noviembre de 2026Ficha de la convocatoria BDNS 922530: presupuesto total convocado y recorrido del plazo de solicitud, con la posición de la fecha de hoy.PRESUPUESTO TOTAL CONVOCADO1 M€QUEDAN71 díasHOY6 ago 2026Apertura30 nov 2026Cierre
AndaluciaSubvención y entrega dineraria sin contraprestaciónPyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
Elaboración propia con los datos de la Base de Datos Nacional de Subvenciones. El gráfico se dibuja al abrir la página: refleja el registro de hoy, no el del día en que se escribió el artículo.
1 M€ y el plazo cierra el 30 de noviembre de 2026. Datos de origen del gráfico.
ConvocatoriaCódigo BDNSPresupuestoApertura del plazoCierre del plazoDías restantesFinalidad
Resolución de 30 de julio de 2026, DGIECE, para la inserción laboral y el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Programa Emplea-T (Línea 5). MINIMIS SECTOR AGRÍCOLA.9225301.000.000 €71Fomento del Empleo

Resumen

La convocatoria con código BDNS 922530, «Resolución de 29 de julio de 2026, DGIECE, para la inserción laboral y el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Programa Emplea-T (Línea 5). MINIMIS SECTOR AGRÍCOLA.», la convoca Consejería de empleo, empresa y trabajo autónomo · Andalucía y su ámbito territorial es Andalucia. El presupuesto total convocado es de 1.000.000 €. Los tipos de beneficiario que declara el registro son: Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica. El plazo de solicitud termina el 30 de noviembre de 2026: quedaban 119 días naturales el 4 de agosto de 2026, fecha de consulta de la BDNS.

En cifras

Todos los datos de esta tabla proceden de la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Lo que la BDNS no publica figura como no publicado; no se estima.

DatoValor
Código BDNS922530
Órgano convocanteConsejería de empleo, empresa y trabajo autónomo · Andalucía
Ámbito de administraciónautonómico
Ámbito territorialAndalucia
FinalidadFomento del Empleo
Instrumento de ayudaSubvención y entrega dineraria sin contraprestación
Presupuesto total convocado1.000.000 €
Apertura del plazoNo publicada
Cierre del plazo30 de noviembre de 2026
Días naturales de plazo a fecha de consulta119
Tipos de beneficiarioPyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
Financiada con fondos MRRNo consta en el registro
Fecha de consulta de la BDNS4 de agosto de 2026

Qué se ha publicado

El 30 de julio de 2026 la Base de Datos Nacional de Subvenciones registró la convocatoria con código BDNS 922530, cuya denominación oficial es «Resolución de 29 de julio de 2026, DGIECE, para la inserción laboral y el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Programa Emplea-T (Línea 5). MINIMIS SECTOR AGRÍCOLA.».

Convoca Consejería de empleo, empresa y trabajo autónomo · Andalucía, de ámbito autonómico. El registro la clasifica en la finalidad «Fomento del Empleo» y el instrumento declarado es «Subvención y entrega dineraria sin contraprestación». El ámbito territorial que consta es Andalucia.

Quién puede solicitarla

Los tipos de beneficiario que declara la BDNS son: Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Esa clasificación es gruesa y no sustituye a las bases. La BDNS agrupa en tres o cuatro etiquetas lo que en el articulado son requisitos concretos: forma jurídica, antigüedad, tamaño según la definición europea de pyme, domicilio o centro de trabajo en el territorio, situación censal y, en muchos casos, no haber recibido ayudas por encima del límite de minimis. Aquí la BDNS sí incluye expresamente a pymes y personas físicas con actividad económica, así que el filtro por forma jurídica probablemente no te deje fuera de entrada.

Hay además dos requisitos que ninguna base de datos puede comprobar por ti, porque los declara quien firma: estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (artículo 13.2.e de la Ley 38/2003) y no tener pendiente el reintegro de otras subvenciones (artículo 13.2.g). Si un buscador te dice que «cumples» sin haberte preguntado, se lo está inventando.

Cuánto dinero hay

El presupuesto total convocado que consta en el registro es de 1.000.000 €.

Lo que la BDNS no publica, y sí determina si esto te compensa, es la intensidad de la ayuda —qué porcentaje del gasto se subvenciona—, la cuantía máxima por beneficiario, los conceptos de gasto elegibles y si hay pago anticipado o todo va contra justificación. Esos cuatro datos están en las bases reguladoras, enlazadas al final de este artículo. Sin ellos, el importe total solo sirve para saber que la línea existe.

Plazos

La BDNS no publica fecha de inicio del plazo de solicitud para esta convocatoria. Es habitual: muchas bases lo fijan en texto libre —«a partir del día siguiente a la publicación en el boletín»— y el campo llega vacío al registro. El plazo termina el 30 de noviembre de 2026: 119 días naturales desde la fecha de consulta que consta al pie de este artículo.

Las fechas de este artículo son las que constaba en la BDNS el 4 de agosto de 2026. Los plazos se amplían y se corrigen con frecuencia mediante resolución posterior, y esas correcciones se publican en el boletín antes que en cualquier otro sitio. Antes de dar por buena una fecha, ábrela en la ficha oficial.

Cómo valorar si compensa

Esta sección es interpretación profesional de Subvia, no información oficial. Va marcada como tal a propósito: la parte verificable de este artículo es la de arriba.

  • Si el importe convocado te sirve de algo. El presupuesto total de la convocatoria no es lo que te van a dar. Es el techo del reparto entre todas las solicitudes admitidas. Sin intensidad de ayuda ni cuantía máxima por beneficiario —dos datos que la BDNS no publica y que sí están en las bases— la cifra grande del titular no permite estimar nada.

  • Qué régimen de concesión aplica. No consta en el registro. Es la primera cosa que hay que resolver en las bases: en concurrencia competitiva se compite por puntuación y en concesión directa se está o no se está dentro del supuesto. Cambia por completo el trabajo que tienes por delante.

  • El calendario. Quedan 119 días naturales. Es margen suficiente para leer las bases, pedir los certificados de estar al corriente y decidir con datos. También es margen suficiente para olvidarlo hasta la última semana, que es lo que suele pasar.

  • Lo que hay después de cobrar. El artículo 30 de la Ley 38/2003 obliga a justificar. Los reintegros no suelen venir de solicitudes mal presentadas, sino de justificaciones mal preparadas: facturas fuera de plazo de ejecución, pagos no acreditados, gastos no elegibles. Si el proyecto no aguanta esa auditoría, la subvención es un préstamo con intereses de demora disfrazado.

La pregunta útil no es «¿puedo pedirla?». Casi siempre puedes. La pregunta es si el valor esperado —cuantía probable por probabilidad razonable de obtenerla— supera el coste de preparar el expediente y de justificarlo después. Cuando la respuesta es que no, descartarla por escrito y con el motivo delante también es un resultado.

Lo que esta ficha no dice

Somos explícitos con los huecos porque son la mitad del trabajo:

  • El baremo de valoración y su reparto de puntos.
  • La intensidad de la ayuda y el límite por beneficiario.
  • Los gastos elegibles y el periodo de ejecución.
  • La documentación exigida en la solicitud.
  • El régimen de compatibilidad con otras ayudas y con el reglamento de minimis.

Nada de eso está en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Está en las bases reguladoras y en el extracto publicado en el boletín correspondiente.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar la convocatoria BDNS 922530?

La BDNS declara estos tipos de beneficiario: Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica. Es una clasificación gruesa y no sustituye al artículo de beneficiarios de las bases reguladoras, que añade requisitos de forma jurídica, tamaño, domicilio y situación censal.

¿Cuál es el plazo de solicitud?

Termina el 30 de noviembre de 2026, es decir 119 días naturales a la fecha de consulta de este artículo. Los plazos se amplían por resolución posterior: comprueba la ficha oficial antes de decidir.

¿Qué importe tiene la convocatoria?

El presupuesto total convocado es de 1.000.000 €. Esa cifra es el techo del reparto entre todas las solicitudes admitidas, no lo que recibe un beneficiario: la intensidad de la ayuda y la cuantía máxima por solicitante están en las bases y la BDNS no las publica.

¿Qué ámbito y qué finalidad tiene?

El ámbito territorial que consta es Andalucia, de administración autonómica. La BDNS la clasifica en la finalidad «Fomento del Empleo», con el instrumento «Subvención y entrega dineraria sin contraprestación».

¿Dónde está la información oficial?

En la ficha de la convocatoria 922530 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/922530. Las bases reguladoras están en https://juntadeandalucia.es/eboja/2024/197/BOJA24-197-00041-51790-01_00308739.pdf.

Fuentes

Todo dato numérico o de calendario de este artículo procede de estas fuentes, consultadas en la fecha que consta. Los plazos se corrigen por resolución posterior: si la fecha de consulta es antigua, ábrelas.

Elaborado a partir de los datos publicados en la BDNS. Consulta la ficha oficial antes de decidir.

Convocatorias citadas

Estado actual de cada una en nuestro registro, no el que tenían cuando se escribió el artículo.

fomento del empleoautonómicoandaluciabdns

Leer una convocatoria no es lo mismo que decidir.

Este artículo te dice qué hay publicado. Lo que no te dice es si a tu empresa le compensa, porque eso depende de datos que solo tienes tú. Cinco preguntas y lo miramos con las bases delante. Sin tarjeta.

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