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Castilla y León pone 2,5 millones para que su pyme venda fuera: cuatro meses largos para montar el plan

El ICECYL pone 2,5 millones sobre la mesa para que las pymes de Castilla y León salgan a vender fuera, pero con una condición que invierte el orden habitual: primero ejecutas y pagas, después pides. Conviene entender las cuentas antes de firmar un contrato de stand.

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2,5 M€ y el plazo cierra el 28 de febrero de 2027

2,5 M€ y el plazo cierra el 28 de febrero de 2027Ficha de la convocatoria BDNS 919073: presupuesto total convocado y recorrido del plazo de solicitud, con la posición de la fecha de hoy.PRESUPUESTO TOTAL CONVOCADO2,5 M€QUEDAN119 díasHOY17 jul 2026Apertura28 feb 2027Cierre
Castilla y leonSubvención y entrega dineraria sin contraprestaciónPyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
Elaboración propia con los datos de la Base de Datos Nacional de Subvenciones. El gráfico se dibuja al abrir la página: refleja el registro de hoy, no el del día en que se escribió el artículo.
2,5 M€ y el plazo cierra el 28 de febrero de 2027. Datos de origen del gráfico.
ConvocatoriaCódigo BDNSPresupuestoApertura del plazoCierre del plazoDías restantesFinalidad
Resolución de 14 de julio de 2026 de la Presidencia del ICECYL por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a financiar proyectos de expansión internacional de las pymes de Castilla y León9190732.500.000 €119Otras Prestaciones económicas

En 30 segundos

El ICECYL financia proyectos de expansión internacional de pymes y autónomos con domicilio social o centro de trabajo en Castilla y León: 2.500.000 €, ampliables a 5.000.000 €. Cubre el 45%, ampliable al 60%, con mínimo elegible de 3.000 € y techo de 120.000 € de ayuda por beneficiaria. Plazo: 28 de febrero de 2027, salvo sustitución anterior por otra convocatoria.

1 convocatorias abiertas en la base de Subvia incluyen «internacionalización» en su título (Datos de Subvia, 16/10/2026).

Las cuentas

Dos números mandan aquí, y conviene fijarlos antes de abrir el formulario: el porcentaje que te pagan y el techo que no puedes superar.

El porcentaje base es un 45% fijo de los costes subvencionables. Sobre esa base pueden sumarse hasta 15 puntos más, con un máximo del 60%. Los puntos llegan por dos vías, y dentro de cada vía las alternativas no se acumulan entre sí:

  • 10 puntos para empresas con centro de trabajo en poblaciones de hasta 10.000 habitantes (o hasta 3.000 habitantes si distan menos de 30 km de la capital de provincia), o en municipios de los planes territoriales previstos en las bases.
  • 5 puntos por emplear a personas con discapacidad sin obligación legal de hacerlo o por encima de la cuota, o por contar con más del 30% de mujeres en plantilla.

Traducido a euros sobre un mismo proyecto, con un presupuesto elegible de 40.000 €:

EscenarioIntensidadAyudaA cargo de la empresa
Solo el porcentaje base45%18.000 €22.000 €
Base + 10 puntos (ubicación)55%22.000 €18.000 €
Base + 10 + 5 puntos60%24.000 €16.000 €

Entre el primer escenario y el tercero hay 6.000 € de diferencia por el mismo gasto. Y no se consigue redactando mejor la memoria: depende de dónde está el centro de trabajo y de cómo es la plantilla. Si cumples alguno de esos supuestos, acredítalo con cuidado. Si no, haz la previsión de tesorería con el 45% y olvida el 60%.

Por abajo hay un suelo: el presupuesto elegible mínimo por solicitud es de 3.000 €. Un proyecto de 2.400 € no entra, por bien planteado que esté. Al 45%, esos 3.000 € dan 1.350 € de ayuda; al 60%, 1.800 €. Son cifras modestas, así que si tu plan ronda ese umbral tiene más sentido agrupar actuaciones coherentes entre sí que presentar una migaja.

Por arriba, un techo duro: 120.000 € de ayuda por beneficiaria para el conjunto de proyectos solicitados en esta convocatoria. Haciendo la cuenta al revés, al 60% ese límite se alcanza con 200.000 € de costes subvencionables; al 45%, con algo más de 266.600 €. Todo lo que gastes por encima lo pagas íntegramente tú. Mejor saberlo antes de diseñar el plan de ferias que después de firmar los contratos de stand.

Y un tercer techo, el que más expedientes estropea a medio plazo: la ayuda está sujeta al Reglamento (UE) 2023/2831 de minimis, con un límite de 300.000 € por única empresa durante los tres años previos a la concesión. Si has recibido otras ayudas bajo ese régimen, réstalas del margen disponible antes de calcular nada. Una empresa que ya tenga consumidos, pongamos, 250.000 € de ese cupo, solo podrá recibir aquí 50.000 € aunque su proyecto diese para más. El margen de minimis manda sobre el porcentaje y sobre el techo de 120.000 €.

El reparto del presupuesto también dice algo sobre el ritmo: 600.000 € en 2026 y 1.900.000 € en 2027, sobre un total de 2.500.000 € que puede llegar a 5.000.000 €. La concesión es en concurrencia no competitiva, por orden de presentación, condicionada a documentación completa y a disponibilidad presupuestaria. Nadie compara tu proyecto con el del vecino: entra quien llega con todo en regla mientras quede crédito. Eso cambia la estrategia respecto a las convocatorias competitivas, como las ayudas a inversión que analizamos en Invertir en la explotación con dinero de La Rioja: 4,6 millones y fecha tope el 17 de diciembre. Allí compites por puntos; aquí compites contra el calendario y contra tu propia carpeta de justificantes.

Un apunte sobre el calendario, porque aquí hay dos relojes distintos. El extracto salió en el BOCYL el 16 de julio de 2026 y el plazo de solicitud comienza al día siguiente, el 17 de julio. Finaliza el 28 de febrero de 2027 —o antes, el día en que se publique la convocatoria que la sustituya—. Son más de siete meses de ventana para pedirla. Pero el reloj del proyecto es otro: el proyecto tiene que estar finalizado, realizado y pagado, en la fecha en que presentes la solicitud. En la práctica, la fecha que importa es la de tu propia solicitud: lo que no esté ejecutado y pagado ese día no entra.

Dónde se pierde dinero en un expediente de promoción exterior

El requisito que más gente pilla a contrapié es ese orden de los factores: primero se ejecuta, luego se paga y por último se solicita. No se pide ayuda para una feria futura y después se justifica. Si tienes una feria pendiente, no la cuentes aquí hasta que esté realizada y pagada. Además, el pago es único, por transferencia, tras la concesión y la aceptación, sin anticipos ni pagos a cuenta. El circulante lo financias tú durante todo el proceso, desde que reservas el stand hasta que llega la transferencia.

Segundo frente: los conceptos con límite propio. La publicidad en medios extranjeros —anuncio único en web y reportajes en revistas digitales especializadas— tiene un límite de gasto de 6.000 €. Y hay un tope de 3 entradas de feria o congreso por empresa solicitante: a partir de la cuarta, la entrada no entra en el expediente. Sobre publicidad, tres precisiones de la convocatoria que suelen pasarse por alto:

  • El diseño del anuncio solo es subvencionable si el anuncio se inserta efectivamente en el medio. Un diseño que se queda en el cajón no cuenta.
  • No se admiten inserciones en medios españoles.
  • El pago por clic, los enlaces patrocinados y las subastas digitales deben incluirse en el plan de marketing digital, que comprende el diseño y la ejecución de promoción digital internacional en redes sociales, buscadores y plataformas internacionales.

Tercero: quién no puede pedirla. Quedan fuera las empresas dedicadas a la asesoría de comercio exterior, a servicios comerciales de internacionalización, a operaciones internacionales para terceros y a la organización de eventos, ferias o viajes de promoción internacional para terceros. También hay sectores excluidos por CNAE 2025: sección P, división 94 de la sección T, y secciones U y V. Comprobar el epígrafe lleva cinco minutos y ahorra meses de trámite inútil.

Cuarto: cuándo pagaste, no solo cuánto. Los gastos deben haberse abonado dentro de los plazos de la normativa sectorial aplicable o, en su defecto, de la Ley 3/2004. Antes de cerrar el expediente, cruza la fecha de cada factura con la fecha del justificante bancario y descarta las que no encajen. Es preferible renunciar a un concepto que arrastrar una incidencia que contamine la revisión del conjunto.

Quinto: la compatibilidad. Estas ayudas son incompatibles con cualesquiera otras para el mismo objeto y finalidad. Si también estás valorando un programa estatal de acompañamiento a la salida exterior, como el que explicamos en ICEX Next: 24.000 € y un consultor al lado para que tu pyme salga a vender fuera sin improvisar, separa con claridad qué actuación financia cada una. Solapar objeto y finalidad incumple esa regla.

Sexto: el procedimiento. La tramitación es electrónica en todas las fases. Si te requieren subsanación, tienes diez días hábiles improrrogables desde el día siguiente al requerimiento; no subsanar equivale a desistir. Concedida la ayuda, hay que aceptarla expresamente en quince días hábiles desde el día siguiente a la notificación, y la falta de aceptación se entiende como renuncia. Son plazos cortos en expedientes largos: el correo de avisos tiene que vigilarlo alguien de verdad, no una cuenta genérica que nadie abre en agosto. Un expediente bien ejecutado y correctamente pagado puede perderse por una notificación sin abrir.

Un detalle específico más: si la empresa participa como ponente en un congreso, debe certificar que no ha recibido contraprestación dineraria ni en especie por los gastos subvencionables.

Por último, la administración tiene seis meses para resolver y notificar, con silencio desestimatorio. Y los justificantes se conservan cuatro años desde el 31 de diciembre siguiente al cobro. Esa carpeta no se archiva cuando llega la transferencia.

Si tu plan exterior se parece a esto

Con el plazo de solicitud fijado hasta el 28 de febrero de 2027 —salvo que otra convocatoria la sustituya antes— y la exigencia de que el proyecto esté realizado y pagado al presentar la solicitud, lo que decide el resultado no es la velocidad, sino el orden. Un plan bien atado y ya pagado y un expediente completo valen más que presentarse en enero con facturas a medio pagar.

Tres movimientos para las próximas semanas:

  1. Cierra el calendario al revés. Lista las ferias, congresos y campañas que has hecho o vas a hacer; marca la fecha prevista de pago de cada una; y fija la fecha de solicitud después de la última, sin pasar del 28 de febrero de 2027. Ten presentes el suelo de 3.000 € de presupuesto elegible y el techo de 120.000 € de ayuda por beneficiaria, y comprueba el margen que te deja el límite de minimis de 300.000 €.
  2. Decide tu intensidad real. Si el centro de trabajo encaja en los supuestos de población o la plantilla cumple los criterios de discapacidad o del 30% de mujeres, prepara ya cómo lo acreditas. Entre el 45% y el 60% hay una diferencia que cambia la decisión sobre cuántas ferias haces.
  3. Depura los gastos dudosos. Inserciones en medios españoles, diseños que no llegan a publicarse, la cuarta entrada de feria, el gasto por debajo del mínimo y cualquier acción que no esté realizada y pagada al presentar la solicitud. Sácalos del presupuesto del proyecto y asúmelos como coste propio desde el principio.

Hay una cuarta decisión que conviene tomar conscientemente: si presentar una sola solicitud con todo el año o varias. El techo de 120.000 € se aplica al conjunto de proyectos de la convocatoria, así que fragmentar no amplía el cupo. Lo que sí cambia es el riesgo de quedarse sin crédito, porque el orden de presentación es el criterio de reparto y el presupuesto de 2026 es la parte pequeña del total. Si ya tienes actuaciones ejecutadas y pagadas, no hay motivo para esperar a febrero.

El detalle completo de actuaciones y conceptos admisibles está en las bases y en la convocatoria publicada en el BOCYL; conviene leerlas con el plan delante, no al revés. Tienes la ficha de la convocatoria con el enlace a los textos oficiales, y en el buscador de ayudas puedes contrastar si hay otras líneas que encajen con lo que esta no cubre. Si ya tienes actuaciones de promoción exterior ejecutadas y pagadas, el trabajo está en dejar este expediente cerrado y bien documentado, no en buscar alternativas.

Aviso: este artículo es una lectura editorial de la convocatoria, no asesoramiento jurídico ni garantía de concesión. Los textos oficiales mandan: contrasta cada requisito con las bases reguladoras y con el extracto publicado en el BOCYL antes de tomar decisiones.

Fuentes

Fuentes

Todo dato numérico o de calendario de este artículo procede de estas fuentes, consultadas en la fecha que consta. Los plazos se corrigen por resolución posterior: si la fecha de consulta es antigua, ábrelas.

Elaborado a partir de los datos publicados en la BDNS. Consulta la ficha oficial antes de decidir.

Convocatorias citadas

Estado actual de cada una en nuestro registro, no el que tenían cuando se escribió el artículo.

Leer una convocatoria no es lo mismo que decidir.

Este artículo te dice qué hay publicado. Lo que no te dice es si a tu empresa le compensa, porque eso depende de datos que solo tienes tú. Cinco preguntas y lo miramos con las bases delante. Sin tarjeta.