Deducción IRPF · inversión en startups

Deducción por invertir en startups en Cataluña

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¿Cuánto se deduce en Cataluña?

Si resides en Cataluña, puedes deducir el 40 % de lo invertido en una empresa de nueva o reciente creación con un límite de 12.000 € al año. Sube hasta 50 % en supuestos concretos. Debes mantener la inversión al menos 3 años. Se suma a la estatal (50 %, hasta 50.000 €) sobre cantidades distintas.

Norma: Art. 612-9 Código tributario de Cataluña, libro sexto (Decreto Legislativo 1/2024, de 12 de marzo) – deducción por inversión de un ángel inversor

«40 % de la inversión, límite máximo 12.000 €; participación máxima "35 por 100 del capital social"»

Verificado en fuente oficialVerificado el Fuente oficial

¿Qué requisitos debe cumplir la empresa?

Constitución o, en ampliación, entidad constituida en los 3 años anteriores

  • SA, SL, SAL o SLL
  • Domicilio social y fiscal en Cataluña
  • Al menos 1 persona ocupada con contrato laboral y a jornada completa
  • Cifra de negocio ≤ 1.000.000 €

¿Qué requisitos debe cumplir el inversor?

  • Participación con cónyuge y parientes hasta 3.er grado ≤ 35 % del capital
  • Sin funciones ejecutivas ni de dirección
  • Mantener mínimo 3 años

¿Cuándo se incrementa la deducción?

  • 50 %, hasta 12.000 €: Sociedades creadas o participadas por universidades o centros de investigación

¿Se puede combinar con la deducción estatal?

Art. 68.1.1º LIRPF (Manual Renta 2025 AEAT): "No formará parte de la base de deducción las cantidades satisfechas por la suscripción de acciones o participaciones cuando respecto de tales cantidades el contribuyente practique una deducción establecida por la Comunidad Autónoma en el ejercicio de sus competencias." Es decir, el mismo euro invertido no puede generar a la vez deducción autonómica y estatal; la parte de la inversión no acogida a la autonómica sí puede ir a la estatal (50 %, base máx. 100.000 €).

Calcula tu deducción en Cataluña

¿La startup tiene domicilio en Cataluña?
¿Es empresa emergente (Ley 28/2022)?
¿Eres socio fundador?
Supuestos de incremento en Cataluña
Opcional: limitar a mi cuota íntegra
Estatal12.500 €
Autonómica0 €
Total deducción12.500 €
Coste neto de invertir 25.000 €12.500 €
Desglose del cálculo
Estatal · art. 68.1 LIRPF50 % × 25.000 €12.500 €Fuente
Autonómica · Cataluña40 % × 0 € · límite 12.000 €0 €Fuente
  • Con este importe todo cabe en la base estatal (más ventajosa): no queda base para la autonómica, porque una misma cantidad no puede deducirse dos veces.
  • Debes mantener la inversión al menos 3 años o perderás la deducción.

Cálculo orientativo con los datos publicados de cada norma. No es asesoramiento fiscal: confirma tu caso con tu asesor antes de presentar la declaración.

¿La startup aún no tiene el certificado de empresa emergente? Es lo que abre los 7 años de la estatal y el límite especial de participación.

Preguntas frecuentes

¿Qué deducción hay en Cataluña por invertir en startups?

Si resides en Cataluña, puedes deducir el 40 % de lo invertido en una empresa de nueva o reciente creación con un límite de 12.000 € al año. Sube hasta 50 % en supuestos concretos. Debes mantener la inversión al menos 3 años. Se suma a la estatal (50 %, hasta 50.000 €) sobre cantidades distintas.

¿Es compatible con la deducción estatal?

Art. 68.1.1º LIRPF (Manual Renta 2025 AEAT): "No formará parte de la base de deducción las cantidades satisfechas por la suscripción de acciones o participaciones cuando respecto de tales cantidades el contribuyente practique una deducción establecida por la Comunidad Autónoma en el ejercicio de sus competencias." Es decir, el mismo euro invertido no puede generar a la vez deducción autonómica y estatal; la parte de la inversión no acogida a la autonómica sí puede ir a la estatal (50 %, base máx. 100.000 €).

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