Deducción IRPF · inversión en startups
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La Rioja no tiene deducción autonómica por invertir en empresas de nueva o reciente creación en el ejercicio 2025. Si resides allí, solo puedes aplicar la estatal del Art. 68.1 y disposición adicional 38.ª.2 Ley 35/2006 del IRPF (redacción Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes; 50 % desde 1-1-2023): 50 % hasta 50.000 € al año.
Norma: —
Verificado en fuente oficialVerificado el Fuente oficial
| Estatal · art. 68.1 LIRPF | 50 % × 25.000 € | 12.500 € | Fuente |
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Cálculo orientativo con los datos publicados de cada norma. No es asesoramiento fiscal: confirma tu caso con tu asesor antes de presentar la declaración.
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La Rioja no tiene deducción autonómica por invertir en empresas de nueva o reciente creación en el ejercicio 2025. Si resides allí, solo puedes aplicar la estatal del Art. 68.1 y disposición adicional 38.ª.2 Ley 35/2006 del IRPF (redacción Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes; 50 % desde 1-1-2023): 50 % hasta 50.000 € al año.
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